El Tribunal Supremo ha confirmado la nulidad del despido de seis trabajadores eventuales de KYBSE, la multinacional de amortiguadores para automoción con planta en Ororbia, tras rechazar el recurso presentado por la empresa. Así lo ha anunciado este lunes CGT-LKN, sindicato que promovió las denuncias que dieron origen al procedimiento.
Un despido colectivo encubierto
La sentencia, dictada primero por el Juzgado de lo Social nº 1 de Pamplona y confirmada después por el Tribunal Superior de Justicia de Navarra y ahora por el Supremo, establece que el 31 de diciembre de 2024 se produjo un despido colectivo encubierto y, por tanto, nulo. Según CGT-LKN, los contratos eventuales por razones de la producción firmados desde julio de 2023 estaban además en fraude de ley.
El sindicato sostiene que aquellos 64 despidos, que pasaron desapercibidos mediáticamente, fueron consecuencia de un acuerdo entre la dirección y el comité de empresa negociado un año antes, en diciembre de 2023, a espaldas de los trabajadores eventuales. Ese pacto, señala CGT-LKN, permitía a la empresa disponer de personal eventual durante un año más para sustituir bajas y despedirlo después, en lugar de convertirlo en indefinido como marca el convenio.
La bolsa de empleo y el límite de seis meses
El sindicato enmarca el caso en el funcionamiento de la bolsa de empleo regulada por convenio en KYBSE, que establece el respeto al orden de antigüedad y la conversión en indefinidos de los contratos eventuales por razones de producción al alcanzar el máximo legal, actualmente de seis meses. Según CGT-LKN, el acuerdo de diciembre de 2023 dejó en suspenso esas condiciones y dejó a los trabajadores eventuales, que llevaban de media siete años en la bolsa, en una situación de incertidumbre y precariedad sin fecha límite.
El sindicato denuncia además que esos despidos, aceptados por el comité de empresa, fueron avalados por el Tribunal Laboral de Navarra. Según su versión, fue la propia KYBSE la que organizó los actos de conciliación y repartió a los trabajadores las papeletas ya cumplimentadas para que las firmaran, de forma que estos aceptaban un despido improcedente que en realidad era nulo, a cambio de una indemnización de 45 días por año libre de impuestos.
De la asamblea a los tribunales
Según relata CGT-LKN, a principios de enero de 2025 varios trabajadores se organizaron a través del sindicato y convocaron una asamblea abierta para explicar la situación y proponer al resto de la plantilla denunciar a la empresa. Seis trabajadores dieron finalmente ese paso.
El sindicato afirma que, en febrero, KYBSE volvió a contratar personal eventual excluyendo a los denunciantes como represalia y amenazó con reformar el funcionamiento de la bolsa de empleo. Ante ello, el comité de empresa salió en defensa de la bolsa y su orden de antigüedad, y la empresa terminó contratando de nuevo a los denunciantes, algo que mantuvo hasta julio.
La sentencia condicionó el nuevo acuerdo
Según CGT-LKN, la primera sentencia favorable llegó durante el verano y trajo consecuencias en septiembre, cuando condicionó el nuevo acuerdo de contratación entre empresa y comité. Con ese pacto se fijó una fecha estimada de fijeza para los eventuales a través del contrato de relevo, aunque, según el sindicato, todavía no han sido llamados a trabajar la totalidad de ellos.
Un caso que CGT-LKN considera no aislado
Con la confirmación de la sentencia por parte del Supremo, CGT-LKN sostiene que este no es un caso aislado, sino una muestra de una precariedad estructural en la industria que, a su juicio, afecta especialmente a trabajadores eventuales, subcontratados y de empresas de trabajo temporal.
El sindicato valora la experiencia como un ejemplo de que los trabajadores eventuales pueden organizarse y plantar cara a una multinacional, aunque reconoce los límites de la vía judicial y reivindica la organización sindical en los centros de trabajo como el terreno prioritario de esta lucha. CGT-LKN apela al conjunto de las plantillas y los sindicatos a comprometerse con la defensa de las condiciones laborales y los derechos sindicales de todos los trabajadores.













