Pamplona Actual

Rechazan el recurso de LAB sobre el nuevo pliego de limpieza de edificios municipales de Pamplona

Pamplona solicitó que se multara al sindicato con una sanción de entre 1.000 a 30.000 euros por "temeridad" al interponer el recurso

PUBLICIDAD

PUBLICIDAD

El Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Navarra ha desestimado el recurso presentado por el sindicato LAB contra el nuevo pliego de la limpieza de los edificios municipales de Pamplona, en una resolución fechada el 1 de abril de 2026. La reclamación se dirigía contra la nueva licitación lanzada por el Ayuntamiento tras la anulación parcial del concurso anterior, también a raíz de una impugnación del propio sindicato y otros, como desveló en su día Pamplona Actual. 

En su acuerdo, el tribunal concluye que algunas de las alegaciones de LAB no podían volver a discutirse porque ya habían sido resueltas antes y habían quedado firmes, mientras que otras se rechazan porque el Ayuntamiento sí habría corregido los aspectos que el órgano administrativo le había señalado en la primera ronda. Entre esos cambios, el tribunal da por bueno que el nuevo cálculo del contrato incorpore la subida salarial prevista en el convenio y la jornada actualizada para los próximos años.

Qué decía LAB

LAB sostenía que el nuevo pliego seguía arrastrando errores en los datos de subrogación del personal, en las categorías profesionales y en el cálculo del coste laboral, y que el presupuesto seguía siendo insuficiente para cubrir el servicio durante toda la duración máxima del contrato. También criticaba que no se hubieran corregido, a su juicio, los defectos advertidos en la licitación anterior.

Qué responde el tribunal

El tribunal admite que LAB está legitimado para recurrir cuestiones ligadas a las condiciones laborales de la plantilla afectada, pero recuerda que no puede reabrirse un debate ya cerrado sobre cláusulas que no cambiaron en el nuevo pliego. Sobre el resto, entiende que el Ayuntamiento actuó correctamente al volver a calcular el precio del contrato, desglosar categorías y tener en cuenta la evolución salarial y la jornada prevista en el convenio.

Sin multa al sindicato

Pamplona había pedido además que se impusiera a LAB la multa prevista en la ley foral (entre 1.000 y 30.000 euros) si perdía el recurso, al entender que la reclamación era temeraria. Sin embargo, el tribunal rechaza también esa petición y considera que, aunque parte de los argumentos fueran reiterativos, no aprecia mala fe ni temeridad suficiente para sancionar al sindicato.

El acuerdo del tribunal es firme en vía administrativa, aunque puede ser recurrido ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses.

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN