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Taberna agradece la “proactividad” de las fuerzas políticas navarras que han colaborado en la “reforma exprés” de la LORAFNA

La reforma ha sido aprobada este martes con 179 votos a favor del total de 350 diputados y diputadas

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  • Tras su aprobación en el Congreso de los Diputados, la norma es remitida al Senado.

El vicepresidente primero y consejero de Presidencia e Igualdad, Félix Taberna, ha agradecido hoy el “apoyo y proactividad” de los grupos políticos navarros que han colaborado la “reforma express” de la Ley Orgánica 13/1982, de reintegración y amejoramiento del Régimen Foral de Navarra (LORAFNA), aprobada este martes en el Congreso de los Diputados y que ahora pasará a ser debatida en el Senado, que cuenta con el plazo de dos meses para abordar esta cuestión. 

El vicepresidente ha destacado que la colaboración mostrada para impulsar esta reforma por “entendida como un elemento clave para el autogobierno desde UPN hasta Bildu” ha permitido subsanar en pocos meses la situación generada tras el fallo del Tribunal Supremo del pasado mes de febrero, que anuló el traspaso efectuado en julio de 2023. “Hay que recordar que se abrieron dos vías para realizar la transferencia con todas las garantías: la delegación de competencias y la reforma de la LORAFNA. La proactividad demostrada por los grupos políticos permitió que en julio ya tuviéramos dos reuniones de la Junta de Transferencias y en siete meses ya se ha aprobado en el Congreso”, ha explicado Taberna, quien ha recordado que las dos reformas anteriores de este texto tardaron en avanzar año y medio y casi tres años, respectivamente. 

Taberna ha destacado la “expresión de mayoría absoluta” alcanzada en el Congreso, donde la reforma ha sido aprobada este martes con 179 votos a favor del total de 350 diputados y diputadas, “fiel reflejo” político del apoyo ya alcanzado en el Parlamento de Navarra, donde fue aprobada por 45 de los 50 parlamentarios. 

La previsión del Gobierno de Navarra es que, pasado el trámite del Senado, el texto se apruebe en el Congreso de los Diputados definitivamente y pueda publicarse en el Boletín Oficial de Navarra (BON) y en el Boletín Oficial del Estado (BOE) a finales de 2024 o principios de 2025. 

Dos artículos reformados La norma aprobada este martes en el Congreso contiene un artículo único con dos apartados. El primero modifica el apartado Tres del artículo 49 de la LORAFNA, en el sentido de que corresponden a Navarra en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, en virtud de su régimen foral y de lo dispuesto en esta ley orgánica, además de las facultades y competencias que viene ostentando, la competencia para la ejecución de la legislación del Estado, así como las funciones de vigilancia y control del tráfico. En segundo lugar, se adiciona un párrafo a la LORAFNA disponiendo que en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial las competencias de la Policía Foral se regirán por lo dispuesto en el artículo 49.3 de la LORAFNA.

Una vez aprobada la reforma y que entre en vigor, para garantizar el progresivo, adecuado y efectivo ejercicio por parte la Comunidad Foral de Navarra de la competencia de vigilancia y control del tráfico dentro de su territorio, se deberá tramitar, posteriormente a su entrada en vigor, la adopción por la Junta de Transferencias de sendos acuerdos.

Por un lado, un acuerdo de ampliación de las funciones de la Administración del Estado traspasadas a la Comunidad Foral de Navarra por el Real Decreto 252/2023, en materia de tráfico y circulación de vehículos a motor, asignándole de nuevo la función de “detectar infracciones”. Por otro lado, un acuerdo complementario al anterior acuerdo de ampliación, que regule el despliegue definitivo de los agentes de Policía Foral para la vigilancia y control en materia de tráfico, la tramitación y resolución de los expedientes sancionadores y la recaudación subsiguiente.

De esta forma, la Comunidad Foral de Navarra verá aseguradas sus competencias históricas en materia de tráfico y seguridad vial al más alto nivel.

Dos reformas parciales de la LORAFNA Desde su aprobación, en 1982, se han efectuado dos reformas parciales de la LORAFNA aprobadas en 2001 y 2010. En 2001 se modificó para eliminar el proceso automático de elección del Presidente o Presidenta de Navarra, a quien se le otorgó además la facultad de disolución anticipada del Parlamento. 

La segunda modificación, más extensa, fue instada por el Gobierno de Navarra en 2009 para adaptar el texto de 1982 a la realidad jurídico-política actual. Este cambio afectó a más de una veintena de artículos, entre añadidos y modificados, si bien la reforma sustancial consistió en la ampliación del plazo de la legislatura a cuatro años en caso de disolución anticipada del Parlamento de Navarra y convocatoria de nuevas elecciones. También incluyó la disolución de la Cámara si tres meses después de su constitución no se ha elegido al Presidente o Presidenta de Navarra. Se articuló, además, la participación de Navarra en la toma de decisiones de la Unión Europea que afecten a sus competencias o intereses. El texto acordado derogó cuatro disposiciones transitorias referidas a mandatos ya cumplidos. La modificación quedó promulgada en la Ley Orgánica 7/2010, de 27 de octubre, de Reforma de la Ley Orgánica 13/1982, de 10 de agosto, de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra.  

 

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