El consejero de Fomento y Vivienda del Gobierno de Navarra, Anai Astiz, firmó el 14 de mayo un acuerdo de colaboración con Caja Laboral, Caja Navarra-Banca Cívica y Caja Rural para facilitar el acceso a líneas de crédito para la adquisición, promoción y rehabilitación de vivienda protegida.
Este acuerdo establece por ejemplo que no habrá comisión de apertura para el adquiriente, ni tampoco comisión por amortizaciones parciales ni por la cancelación total anticipada. Contempla asimismo que las comisiones por subrogación de deudor serán del 0,5 por ciento de la operación.
En cuanto al tipo de interés, el acuerdo establece que se revisará cada año y los tipos de interés nominal durante el periodo de carencia serán los acordados entre las partes. En el periodo de amortización, el tipo de interés nominal será el resultante de añadir un diferencia, de un mínimo de 0,6 puntos y un máximo de 1,9 a la referencia Euribor a un año publicada por el Banco de España.
El consejero ha afirmado en rueda de prensa que «el objetivo de este convenio es buscar y conseguir la implicación de las entidades financieras navarras y dar coherencia a las circunstancias actuales, que complican mucho el acceso a la financiación en el mercado de vivienda».
Preguntado sobre si este acuerdo es vinculante para las entidades, Anai Astiz ha asegurado que «el convenio vincula en cuanto que hay unas condiciones prefijadas muy determinadas, como en las comisiones o los tipos de interés, donde se fija un tipo de referencia con unos diferenciales prefijados». «Lógicamente esos diferenciales se dejan abiertos a la negociación que tenga la entidad financiera con cada cliente en función de sus características», ha explicado.
El consejero ha invitado al resto de entidades financieras a que se sumen a este acuerdo, que viene a actualizar el marco de colaboración vigente en esta materia desde 1998, «que había quedado obsoleto y no se aplicaba porque estaba en unas condiciones fuera de mercado».
DETALLES DEL ACUERDO
Los principales beneficiarios de este acuerdo serán los agentes públicos y privados que intervienen en el sector y aquellos particulares que vayan a comprar o a realizar una actuación de rehabilitación.
Los préstamos para la promoción de vivienda de protección pública en régimen de compraventa, alquiler u otros regímenes de protección pública serán de hasta un máximo de 35 años más un periodo de carencia de hasta tres años.
Para la adquisición en primera transmisión de viviendas de VPO, de precio tasa o precio pactado u otros regímenes de vivienda de protección públicas, los préstamos de hasta 35 años.
En cuanto a los préstamos para actuaciones de rehabilitación, el plazo de amortización de los préstamos será por un máximo de 25 años, más un periodo de hasta 30 meses de carencia. Los préstamos para adquisición de viviendas usadas en el régimen de integración social serán de hasta 35 años.
El importe máximo del préstamo cualificado alcanzará el 80 por ciento del importe de venta de la vivienda, garaje y trastero vinculado. En el caso de rehabilitación, el importe del préstamo podrá alcanzar el importe del presupuesto protegible menos las subvenciones reconocidas. En actuaciones de viviendas de integración social la cobertura financiera podrá alcanzar el 95 por ciento del valor de venta imputable.
Fuente: Europapress
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