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Los jueces del caso de ‘La Manada’ condenan por ‘maltrato ocasional’ a un hombre que acuchilló a su mujer y estuvo a punto de estrangularla

Los hijos de la pareja, de 3 y 6 años, presenciaron los hechos ocurridos en junio del año pasado en Lodosa Los mismos jueces de la Sala Segunda de la Audiencia Provincial de Navarra que […]

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Los hijos de la pareja, de 3 y 6 años, presenciaron los hechos ocurridos en junio del año pasado en Lodosa

Los mismos jueces de la Sala Segunda de la Audiencia Provincial de Navarra que condenaron a 9 años de cárcel a los miembros de ‘La Manada’ por delitos continuados de abusos sexuales con prevalimiento han dictado una polémica sentencia.

Según ha publicado este jueves el diario Público, los magistrados José Francisco Cobo, ponente del fallo, Ricardo Javier González y Raquel Fernandino condenaron recientemente a un hombre a apenas diez meses de cárcel por delitos de “maltrato ocasional” a un hombre acusado de un homicidio en grado de tentativa contra su mujer, a la que atacó con un cuchillo y luego casi estrangula.

Los hijos de la pareja, de 3 y 6 años, presenciaron los hechos ocurridos en junio del año pasado en Lodosa.

Se da la circunstancia de que la sentencia incluso condena a una pena inferior incluso a la solicitada de forma subsidiaria por la defensa.

Según relata Público, los hechos, que recoge la sentencia como “probados”, tuvieron lugar en el domicilio familiar situado en Lodosa el 22 de junio de 2017, cuando ambos llevaban ya seis meses separados, y tres días antes de firmar los papeles del divorcio. Él había ido al domicilio familiar en el que vivían su expareja y los niños a desmontar un ordenador. En presencia de los niños, ambos progenitores se enzarzaron en una “fuerte discusión”.

En  ese momento “el procesado se dirigió a la cocina de donde cogió un cuchillo de unos 15 cm. de hoja y salió apresuradamente, dirigiéndose hacia [la mujer], portando en su mano derecha el cuchillo, que esgrimió dirigiéndolo hacia ella, siendo consciente de que con tal acción podía poner en peligro su vida”, dice Público.

“Entonces se produjo un forcejeo: ella intentó protegerse y quitarle el cuchillo, y terminó con “una herida incisa muy superficial, de 1 cm. de trayectoria lineal irregular”. Ambos cayeron al suelo y “el procesado”, dice literalmente la sentencia, “agarró con su mano izquierda el cuello de [la mujer] presionando fuertemente en la zona peritraqueal, hasta que comprobó que ésta gesticulaba angustiosamente, le estaba haciendo daño, tosía, e igualmente le faltaba el aire y al ver su creciente estado de asfixia, de modo consciente y voluntario dejó de apretar el cuello, poniendo fin a la situación de peligro para su vida”.

El incidente fue presenciado por los niños y al menos en una ocasión la niña, de seis años de edad, gritó dirigiéndose a su padre: “Déjala, no la mates””, recuerdan los magistrados.

En la sentencia los jueces aseguran que  “los hechos declarados probados son constitutivos de un delito de homicidio en grado de tentativa” aunque destacan que “fue desistida de forma eficaz” por lo que le condenan de un “delito de maltrato ocasional en su modalidad de causación de lesiones de menor gravedad en el ámbito de violencia sobre la mujer”.

Los magistrados  ponen el foco en que el hombre desistió de matar voluntariamente. “Como decimos, el procesado, quien tenía a su disposición el cuchillo antes referido, de manera libre y voluntaria, no continuó con la reiteración o insistencia en actos dirigidos a lograr la muerte de [la mujer]; por este motivo cesó la situación de peligro para su vida, y la causa directa de la no producción de resultado mortal no fue otra que la voluntaria interrupción, por parte de aquél, de los actos que hubieran podido causar la efectiva muerte”, aseguran pese a reconocer que el hombre intentó estrangularla con una mano “una situación verdaderamente angustiosa, abrumadora, agobiante” para la mujer, dicen.

Sobre la víctima, relatan los jueces, “una vez incorporada, tras haber padecido la angustiosa situación relatada, salió a la terraza de la cocina con los niños, pidiendo ayuda a gritos, entre tanto el procesado permanecía en el interior de la cocina, pidiéndoles que entraran”. “Cuando la víctima regresó al interior de la cocina, el procesado le pidió que le perdonara por lo que había hecho, rogándole que no le denunciara y marchándose de la vivienda, después de tratar de despedirse de los niños”, recuerdan en la sentencia.

Con todo, los jueces le condenan  por “maltrato ocasional” con las “agravantes específicas de haber ocurrido el hecho en presencia de menores, con utilización de arma blanca y en el domicilio común, así como la circunstancia atenuante simple de trastorno mental”, ya que estaba sometido a tratamiento psiquiátrico.

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